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La obtención de licencia urbanística, dentro del marco normativo que establece la Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM), engloba a todas aquellas actuaciones urbanísticas, ya sea el ejercicio de actividades o la ejecución de obras, cuya actividad requieren de la intervención previa de la autoridad municipal.

En general, se puede decir que las actuaciones urbanísticas que deben de tramitarse por procedimiento de licencia son aquellas que, por su naturaleza tengan una especial incidencia sobre la seguridad o salud de las personas, o bien afección sobre el medio ambiente o el patrimonio cultural.

Este procedimiento es de aplicación a las actividades relacionadas en el Anexo I de la Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM de la Ciudad de Madrid, siempre que no se tramiten mediante declaración responsable.

En COLABORA Gestión de Actividades S.L.P.U., estudiaremos formal y técnicamente la documentación aportada, tramitaremos la petición de los informes preceptivos en función de la naturaleza de la actuación y emitiremos el Certificado de Conformidad que acredita que la actuación pretendida se ajusta a la normativa vigente de aplicación.

La emisión y el registro del Certificado de Conformidad por COLABORA posee efectos equiparables al informe técnico municipal. En base a este certificado, el Ayuntamiento de Madrid deberá realizar la emisión de la licencia urbanística, en el plazo de un mes.

Para descargar el impreso de solicitud de licencia, pincha aquí.

Proceso de tramitación del expediente administrativo de licencia